Convenio de colaboración para la correcta gestión de RAEE

   Recogida de RAEE por parte de la Distribución

 

Cuando se facture la venta de un aparato electrodoméstico, el Real Decreto 110/2015 sobre RAEE, establece que el vendedor tiene la obligación de recoger, de forma gratuita, el antiguo RAEE (residuo de aparato eléctrico y electrónico) si así lo solicita el cliente. Esta obligación debe cumplirse tanto cuando el RAEE sea entregado por el cliente en el punto de venta del distribuidor (hasta 31 días siguientes a la venta) así como cuando el cliente realice esa entrega en el hogar al suministrarle el nuevo (obligación 1×1).

Respecto a los pequeños aparatos RAEE, todos los puntos de venta que tengan más de 400 m² de superficie de venta, tienen la obligación de aceptar la entrega de residuos de RAEE muy pequeños, y sin obligación de compra de un aparato eléctrico/electrónico de tipo equivalente, debiendo disponer de un contenedor de recogida de pequeño RAEE (hasta 25 cm de diámetro) gratuito para los ciudadanos. Las tiendas que no superen estas dimensiones, no están obligadas.

   Opciones de recogida de RAEE

Retirar el aparato antiguo y llevarlo a la tienda, donde será almacenado temporalmente: el traslado desde el domicilio al comercio o a una plataforma logística no se considera traslado de residuos, y el transporte de RAEE podrá ser realizado por el distribuidor que suministra el aparato nuevo, sin necesidad de estar dado de alta como transporte de residuos.

Retirar el aparato antiguo y llevarlo directamente a un gestor de RAEE. En este caso sí se considera un traslado de residuos, y el distribuidor que transporta el RAEE deberá estar dado de alto como transporte de RAEE e ir acompañado de documento de identificación.

   Soluciones para la recogida de RAEE

Si el residuo es llevado por el distribuidor al almacén de la tienda

En este caso, puedes adherirte al Convenio de Colaboración que FAEL tiene suscrito con los SCRAP Ecoasimelec, Ecolec y Erp y la planta de tratamiento Recilec, para la correcta gestión de los RAEE de sus asociados.

A través de este Convenio, te daremos una solución integral para la recogida de residuos, tanto de gran aparato electrodoméstico, como de frío y otros RAEE, garantizando la trazabilidad de los mismos.

Actualmente, más de 1.200 puntos de venta/instaladores asociados a FAEL, repartidos por toda Andalucía, gestionan la recogida de residuos bajo el paraguas de este Convenio.

Si el residuo es llevado por el distribuidor a un gestor de residuos

Ante este supuesto, es necesario que el distribuidor que transporta el RAEE esté dado de alta como transporte de RAEE.

Para ello, dentro del Convenio que FAEL tiene suscrito con los SCRAP y Recilec, se ofrece un servicio de consultoría y soporte en la gestión de los trámites a realizar para el alta en el Registro de Producción y Gestión de Residuos.

Para la adhesión a este convenio de colaboración o para más información, contactar a través de fael@fael.es o el teléfono 954 31 31 86 .