Actualizado a fecha 8 de junio de 2020

Tras las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros en relación con la desescalada establecida para la vuelta a la «nueva normalidad», el comercio de proximidad podrá abrir sus puertas al público a partir de la entrada en la Fase 1 (11 de mayo) aunque durante la Fase O se permite la apertura bajo cita previa y de forma individual (a puerta cerrada).

En España, la desescalada se realizará por fases, y cada fase tendrá una duración mínima de 2 semanas. El Gobierno ha decidido poner en marcha un plan, que por el momento no tiene calendario fijo. El horizonte que marca el Gobierno es que este plan dure como mínimo 6 semanas, y como máximo 8. Así, el objetivo del Ejecutivo es que la desescalada finalice, si todo sale como está previsto, a finales del próximo mes de junio. Ésta será la hoja de ruta que marque el devenir del país durante los próximos dos meses.

La desescalada dará comienzo en todo el país, salvo en algunas islas de Canarias y Baleares, el día 4 de mayo, con la medida que permite realizar deporte de forma individual y salir a pasear con la persona que se convive. El objetivo es que el próximo lunes 11 de mayo entren en fase 1 todas aquellas provincias que cumplan con los requisitos que estipule el Ministerio de Sanidad.

 

* PROTOCOLO Y GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS para los establecimientos establecimientos comerciales, de la Secretaría de Estado de Comercio – Pincha aquí para descargar

 

FASE 0: la preparación de la transición (Desde el 4 de mayo)

  • Pequeños resquicios de actividad como paseos de menores y deporte individual. También se podrá salir a pasear con la persona que se convive, aunque el Gobierno no ha especificado nada más al respecto, salvo que esta medida se iniciará el 2 de mayo.
  • Apertura de locales de pequeño comercio, bajo cita previa, «para la atención individual de clientes». Entre ellos, también los restaurantes con servicio a domicilio. No se podrá consumir en el local.
  • Apertura de entrenamientos individuales de deportistas profesionales y federados. También la de las ligas profesionales.
  • Todos los locales se señalizarán preparando la fase 1 o «inicial», y se irán colocando las medidas de seguridad pertinentes.

* Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones de apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como la práctica del deporte profesional y federado

Descargar ORDEN  

Descargar RESUMEN CONDICIONES APERTURA FASE 0  

   Descargar PROTOCOLO Y GUÍA BUENAS PRÁCTICAS Actividad Comercial  

 

FASE 1: comienzo de la actividad (Se iniciará el 11 de mayo por provincia)

  • Apertura de pequeños comercios bajo estrictas medidas de seguridad. Los centros comerciales no podrán abrir en esta fase, salvo las áreas que hayan estado operativas durante el estado de alarma (supermercado, alimentación, …). Aforo limitado al 30% de ocupación
  • Se permitirá la apertura de terrazas con un 30% de ocupación.
  • Habrá horario preferente en la apertura de locales para mayores de 65 años.
  • Reanudación de actividades del sector agroalimentario y pesquero que tenían restricciones hasta ese momento.
  • Los lugares de culto podrán abrir, pero con solo un tercio de su aforo.
  • Se podrán abrir hoteles y alojamientos turísticos, pero no sus zonas comunes. En este ámbito habrá más restricciones que se definirán más adelante.
  • Comenzarán los entrenamientos deportivos profesionales. Se podrán abrir de centros de alto rendimiento, con medidas de seguridad.
  • Para usar el transporte público se recomienda el uso de mascarilla.

* Orden SND/399/2020 de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad.

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Descargar RESUMEN condiciones de APERTURA COMERCIOS FASE 1

Descargar GUÍA FASE 1 DEL MINISTERIO SANIDAD

 

* Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

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* Orden SND/440/2020 de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. 

Se modifica la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, que queda redactado en los siguientes términos:
Tres. Se modifica el apartado 2 del artículo 10 que queda redactado en los siguientes términos: «2. En el caso de establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de parques o centros comerciales, podrán proceder a su reapertura al público siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta al público igual o inferior a 400 metros cuadrados o acoten la misma a este umbral, y cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior del parque o centro comercial.»
Descargar ORDEN  

 

FASE 2: la fase intermedia (Desde el 25 de mayo, según provincias)

  • Apertura de comercios con estrictas medidas de seguridad: se amplía el aforo permitido del 30% al 40% de ocupación.
  • Salvo excepciones, no se volverá de forma presencial a los centros educativos, marcándose el inicio del curso escolar en septiembre.
  • Si se dan las condiciones se permitirá la apertura de locales de restauración con una ocupación de un tercio de su aforo, pero solo para servicio de mesas.
  • Apertura de los centros educativos y de formación (autoescuelas, academias, etc.) que no estén incluidos en los apartados de Educación y Ciencia.
  • Se permitirá visitar monumentos, salas de exposiciones o de conferencias, pero con restricciones de aforo también de un tercio de su capacidad.
  • Se podrán celebrar eventos culturales (conciertos, por ejemplo) en lugares cuyo aforo no supere las 50 personas, con limitación de un tercio de su capacidad.
  • Al aire libre se permitirán conciertos cuando el aforo no supere las 400 personas y sean sentadas.
  • Se reabrirán cines, teatros y auditorios, así como espacios similares que tengan una butaca asignada, pero con una limitación de aforo de un tercio.
  • Se podrá acudir a los lugares de culto, pero estos solo podrán admitir el 50 % de su aforo.
  • Se podrá reanudar caza y pesca deportiva.

 

* Orden SND/414/2020 de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 2 del Plan para la Transición hacia una nueva realidad.

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Descargar RESUMEN condiciones de APERTURA COMERCIOS FASE 2

 

FASE 3: llega la flexibilidad (desde el 8 de junio, en todas las provincias de Andalucía)

  • Se plantea la flexibilidad de medidas de movilidad general: se pueden realizar desplazamientos entre provincias y el transporte público puede utilizarse al 100% de su ocupación.
  • Los establecimientos comerciales podrán abrir al público con un límite de aforo del 50%
  • Los centros comerciales se reabrirán, pero con un límite del 50 % de su aforo, y con restricciones en sus zonas comunes y de ocio. Será necesario mantener una distancia mínima, obligatoria, de dos metros.
  • En el sector de la restauración se irán levantando medidas restrictivas de aforo y ocupación, aunque seguirá siendo obligatoria la distancia mínima de seguridad.
  • Se recomienda el teletrabajo hasta esta fase.

 

* Orden SND/458/2020 de 30 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 3 del Plan para la Transición hacia una nueva realidad.

Descargar ORDEN  

Descargar RESUMEN condiciones de  APERTURA COMERCIOS FASE 3

 

* Orden SND/507/2020, de 6 de junio, por la que se modifican diversas órdenes con el fin de flexibilizar determinadas restricciones de ámbito nacional y establecer las unidades territoriales que progresan a las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Se establecen modificaciones en las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad en materia de transporte, ocio, juego, espectáculos taurinos, entre otros.

Descargar ORDEN  

 

 

El Ejecutivo ha indicado que el paso de una fase a otra dependerá de los marcadores epidemiológicos que maneje el Ministerio de Sanidad, pero ha insistido una vez más en que del confinamiento saldrá todo el país junto. El presidente del Gobierno ha señalado que durante todas las semanas que dure la desescalada no se permitirá la movilidad entre provincias.

A partir del 29 de junio, se acabarán las restricciones, si todo va bien.

 

El Gobierno ha presentado un Plan para la Transición hacia una nueva normalidad, que sirva de guía y referencia para la ciudadanía:

Descargar PLAN  

Descargar RESPUESTAS a preguntas frecuentes del PLAN 

 

Dicho Plan se hará efectivo a través de las normas jurídicas que se vayan aprobando y contiene los siguientes anexos:

  • Anexo I: Panel de indicadores integral (información epidemiológica y capacidades sanitarias, indicadores económicos-sociales y de movilidad).
  • Anexo II: Previsión orientativa para el levantamiento de las limitaciones de ámbito nacional establecidas en el estado de alarma, en función de las fases de transición a una nueva realidad.
  • Anexo III: Cronograma orientativo hacia una nueva realidad.

Descargar Anexo I 

Descargar Anexo II 

Descargar Anexo III 

 

Confiemos en que la evolución positiva de la enfermedad y la responsabilidad de todos permita cumplir estos plazos para retomar la normalidad lo antes posible. El consumo no se reactivará de forma inmediata y aún tendrá que pasar un tiempo para volver a unos niveles aceptables. Tanto desde FAEL como desde nuestras organizaciones homólogas seguimos en contacto con Gobierno nacional y autonómico para hacer posible la recuperación, pues toca seguir luchando para compensar en parte las pérdidas sufridas.

 

CARTELERÍA PARA REAPERTURA DE TIENDAS

A continuación ponemos a vuestra disposición la siguiente cartelería, para que puedan servir de ayuda, en mayor cumplimiento de las normas de seguridad, para las tiendas que vayan entrado en las fases de reapertura:

Descargar Cartel Distancia de Seguridad

Descargar Recomendaciones Apertura Desescalada

Descargar Cartel Dirección Única Pasillos (Derecha)

Descargar Cartel Dirección Única Pasillos (Izquierda)

 

 

OTROS ENLACES DE INTERÉS:

Medidas Operativas: situación de apertura y desplazamientos (Pincha en la imagen)

Resumen de Medidas Económicas, sociales y laborales (Pincha en la imagen)